
La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, abre plazo hasta el 8 de julio para la solicitud de ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía.
Son tres líneas de ayudas, las dirigidas a empresas y artesanos:
1. AVALEM COMERÇ (CMMOPY)
- Beneficiarias: pymes
- Acción susceptible: innovación aplicada a los establecimientos comerciales para la mejora de competitividad
- Conceptos Subvencionables: obras, instalaciones y equipación para el establecimiento comercial, implantación de venta en línea
- Subvención hasta el 75% y límite de 40.000€ por establecimiento
- Inversión mínima:3.000 €
Enlace de tramitación: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=2921
2. AVALEM EQUIPAMENT ARTESÀ (CMIART)
- Beneficiarias: empresas cualificadas como pymes artesanas, con el DCA vigente
- Acción susceptible: apoyo a la modernización para la mejora de la equipación para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos
- Conceptos subvencionable: inversiones en equipación
- Subvención hasta el 75% límite de 30.000 € por establecimiento
- Inversión mínima: 2.000 €
Enlace de tramitación: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22420&version=amp
3. FORMACIÓN COMERCIAL (CMFORM)
- Beneficiarias: agrupaciones de comerciantes de segundo y tercer grado, sin ánimo de lucro, con ámbito intercomarcal o superior acción susceptible: apoyo a la realización de programas formativos específicos para el desarrollo de la competitividad del comercio para fomentar la profesionalización del sector.
- Conceptos Subvencionables: gastos de profesorado, publicidad, alquiler…
- Condiciones de la subvención: 100% con el límite de 150.000 €
Enlace de tramitación: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22422&version=amp
Beneficiarias: De conformidad con el artículo 5 de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022, podrán acogerse a las ayudas que se convocan, las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas descritas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia, y que:
1. Estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) actualizado debidamente y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una administración pública que acredite su condición artesana, para las ayudas reguladas en el artículo 18.4 de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022.
2. Ejerzan o vayan a ejercer la actividad comercial en la Comunitat Valenciana, en alguna de las actividades siguientes, para las ayudas reguladas en el artículo 18.2.b de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022, AVALEM COMERÇ:
– CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009):
sección G, división 47, excepto los grupos y las clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
– IAE (Real Decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre):
sección primera, división 6, agrupaciones:
- Agrupación 64, excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.
- Agrupación 65, excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.
3. Agrupaciones de profesionales del comercio de segundo y tercer grado sin ánimo de lucro, con ámbito intercomarcal o superior y sede o delegación permanente en la Comunitat Valenciana, para las ayudas reguladas en el artículo 20.5 de la Orden 22/2018, modificada por la Orden 5/2022.
Las solicitudes, según modelo normalizado disponible en el correspondiente trámite telemático en función de la ayuda que se pretenda solicitar de las reguladas en esta convocatoria se presentarán, únicamente por vía telemática, a través de la sede electrónica de la Generalitat (http://sede.gva.es) accediendo a GUIA PROP Trámites y Servicios, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de las bases reguladoras y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante LPACAP).
Plazo de presentación de solicitudes: Desde el día 23 de junio hasta el día 8 de julio de 2022, ambos inclusive.
Más información:
- Bases reguladoras Orden 22/2018, de 22 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía y modificada por la Orden 5/2022, de 1 de junio, DOGV número 9355 de 6 de junio de 2022.
- RESOLUCIÓN de 16 de junio de 2022, de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, por la que se convocan subvenciones en materia de comercio y artesanía para el ejercicio 2022.