El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo convoca ayudas para planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2023.
Beneficiarios: sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que no formen parte del sector público y que desarrollen una actividad industrial (Consultar en el Anexo 1).
Líneas de actuación y tipos de proyectos:
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Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación en materia de organización y procesos, según se definen a continuación:
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Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
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Proyectos de desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
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Proyectos de innovación en materia de organización: aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores.
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Proyectos de innovación en materia de procesos. aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).
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Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
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Inversiones con carácter innovador destinadas a la protección del medio ambiente que cumplan las condiciones indicadas en la Orden.
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Inversiones con carácter innovador en medidas de ahorro energético o energías renovables. Se considerarán aquellas inversiones destinadas a mejoras que permitan lograr un nivel más elevado de eficiencia energética en los procesos de producción de la entidad o sustitución de fuentes de energía fósil por renovable.
* Quedan excluidas de esta categoría las inversiones destinadas a realizar una adecuación de la entidad a normas de la Unión ya adoptadas, y que aún no hayan entrado en vigor.
Prioridades temáticas: los proyectos deben estar destinados a aplicarse en la cadena de valor de la industria manufacturera y habrán de adaptarse al menos a alguna de las siguientes prioridades temáticas:
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Economía circular y ecoinnovación aplicadas en la mejora de las cadenas de valor.
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Descarbonización, eficiencia energética, nuevas fuentes de energía renovable y reducción de emisiones contaminantes.
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Materiales y productos avanzados.
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Innovación en procesos de calidad y seguridad.
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Innovaciones del proceso productivo derivados de la prioridad temática 3.
Gastos financiables:
Para los proyectos de la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación:
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Costes de personal.
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Costes de instrumental y material inventariable.
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Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
Para los proyectos de la Línea de Innovación en Sostenibilidad y Eficiencia Energética:
* Para ser financiables, los costes imputados deberán ser costes de inversión adicionales necesarios para ir más allá de las normas de la Unión aplicables o para incrementar el nivel de protección medioambiental relacionado con el proceso de producción en ausencia de normas de la Unión, o bien costes de inversión adicionales necesarios para lograr un nivel más elevado de eficiencia energética del proceso productivo en ausencia de normas de la Unión.
* El presupuesto mínimo de conceptos financiables para cada proyecto será de 100.000 euros.
Cuantía de las ayudas: la financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80 % del presupuesto financiable.
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Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria podrán tener la forma de préstamo reembolsable o ser una combinación de préstamo y subvención.
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El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
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Del 50 % del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
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Del 20 % del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
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Del 10 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de la Línea de Sostenibilidad y Eficiencia Energética.
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Del 10 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
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Del 5 % del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas para proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en la Línea de Investigación, Desarrollo e Innovación.
* Adicionalmente, el importe máximo de subvención a percibir en esta convocatoria estará limitado a 4.000.000 de euros por grupo empresarial.
Plazo de realización de las actuaciones: serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.
Plazo de presentación de las solicitudes: desde el día 29 de mayo de 2023 y finalizará el día 28 de junio de 2023.